1.- Alejandra Gils Carbó y sus insólitas designaciones de fiscales: "retroactivas" y con fechas que no existen
Irregularidades en el Ministerio Público Fiscal
La procuradora mantiene a abogados de su confianza como fiscales y les renueva las designaciones ya vencidas con fecha anterior a su firma. En la última fijó como límite el "31 de junio"..
Alejandra Gils Carbó (Foto Maxi Failla)
Si los cuestionamientos contra la procuradora general de la Nación Alejandra Gils Carbó no fueran serios, se trataría sólo de un detalle. Pero la resolución 1286/17 que firmó días atrás gráfica parte de las irregularidades y la discrecionalidad que se le atribuye: la funcionaria mantuvo las designaciones de tres abogados de su confianza como fiscales ad hoc en forma "retroactiva" y con una particularidad adicional, ya que les fijó como fecha de vencimiento "el 31 de junio de 2017".
La designación que hizo Gils Carbó: "hasta el 31 de junio".
Se trata de los nombramientos de Claudio Vicente Pandolfi, Femando Aníbal Vallone y José Alberto Nebbia -quienes no fueron designados regularmente por el Senado- como fiscales ad hoc para trabajar "en forma conjunta o alternada" junto al fiscal general Miguel Angel Palazzani en la causas que se tramitan en la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin), creada -también por Gils Carbó- en marzo de 2013.
Según la resolución, disponible en la web del Ministerio Público Fiscal, Gils Carbó firmó las designaciones la semana pasada, el 18 de mayo, con vigencia "hasta el 31 de junio de 2017". El error de calendario es una muestra de la desprolijidad con la que maneja Gils Carbó las designaciones ad hoc.
Pero no la única: en la resolución, la funcionaria fija la designación "desde la finalización del plazo establecido en la resolución 4024/16", es decir, desde el 31 de marzo. Por lo que Gils Carbó convalidó los nombramientos de forma retroactiva, facultad que ni siquiera tiene el Senado, a través del proceso de designación de fiscales que fija la Constitución y la ley del Ministerio Público Fiscal.
Según pudo saber Clarín, desde el 31 de marzo hasta el 18 de mayo, fecha en la que se había extinguido el plazo de intervención, Pandolfi continuó haciendo presentaciones e incluso acompañó un pedido de elevación a juicio que hizo un fiscal federal Leonel Gómez Barbella en una caso por torturas, invocando la resolución vencida. Es decir, dejó abierta la posibilidad para una eventual impugnación por parte de la defensa en una causa sensible.
Retroactiva: Gils Carbó firmó una resolución el 18 de mayo de 2017, pero señala que tiene vigencia desde el 31 de marzo de este año, casi 50 días antes.
Pero esta situación no es nueva. Y se repite desde 2015, cuando Gils Carbó comenzó con estos nombramientos discrecionales en Procuvin. En principio, fueron sólo Pandolfi, uno de sus hombres de mayor confianza; y Vallone, un abogado de carrera -está desde 2003, cuando el procurador era Nicolás Becerra, antes de la asunción de Esteban Righi- pero que supo ganarse su confianza, según cuentan quienes lo conocen, "a fuerza de trabajo".
Ambos ya se desempeñaban como funcionarios del Ministerio Público Fiscal, asignados a la Procuvin.
Las primeras designaciones como "fiscales ad hoc" de ambos fueron en septiembre de ese año. A través de la resolución 2996/15 Gils Carbó los ungió el 24 de septiembre, con un plazo de tres meses, dado que por el irregular mecanismo de designación sólo se puede justificar invocando una cuestión de urgencia.
Luego, el 18 de diciembre -es decir antes de que se venciera-, les renovó el plazo por otros tres meses. Pero ahí comienza una sucesión de desprolijidades administrativas que puede ser común en la administración pública o incluso en el Congreso, pero que tratándose del Poder Judicial o, en este caso, un cargo de tanta relevancia en el Ministerio Público Fiscal, puede suscitar serias consecuencias.
Es que recién el 31 de marzo de 2016, con esos nombramientos ya vencidos, Gils Carbó sacó una nueva resolución en la que mantuvo a Pandolfi, Vallone y (al ya incorporado) José Nebbia. por "un plazo de tres meses a partir del día 18 de marzo de 2016". Es decir, también retroactiva.
Gils Carbó pareció ordenar el proceso el 6 de junio, cuando se anticipó al vencimiento y volvió a designar a estos abogados por otros tres meses "a partir del día de la finalización del plazo de la resolución MP 750/16", previsto para el 18 de junio.
Pero en septiembre volvió a la senda de las irregularidades. Recién el 6 de octubre, casi 20 días después del vencimiento, volvió a sacar otro dictamen para extender los nombramientos, también por 90 días, a partir del día de la finalización del plazo de la resolución MP 1981/16", el 18 de septiembre. Una vez más, entonces, de forma retroactiva.
La seguidilla de errores continuó. El 28 de diciembre, diez días después del vencimiento, la procuradora trazó en otro dictamen la vigencia de los nuevos nombramientos desde la extinción del plazo fijado por la resolución anterior (2985/16), es decir otra vez de forma retroactiva, "hasta el 31/03/17".
Esa fue la última resolución antes de la 1286/17, por lo que en teoría los abogados no contaban con el aval para seguir presentándose como fiscales ad hoc. Aunque lo siguieron haciendo.
Retroactiva: Gils Carbó firmó una resolución el 18 de mayo de 2017, pero señala que tiene vigencia desde el 31 de marzo de este año, casi 50 días antes.
Con la biblioteca del derecho dividida, es oportuno citar los antecedentes en los tribunales. En ese sentido, en agosto de 2013, en plena era K, la Corte Suprema de Justicia fijó un precedente respecto a los fiscales ad hoc. En la causa "De Martino" opinó que la designación de una secretaria como fiscal "no se compadece con el régimen general previsto en el artículo 11 de la ley 24.946, ni con la normativa reglamentaria establecida por medio de las resoluciones PGN 13/98 y PGN 35/98, puesto que ninguna de las disposiciones que componen el régimen en materia de subrogancias contempla como alternativa -aún como vía de excepción- la designación directa de abogados ni de funcionarios o auxiliares del Ministerio Público en el cargo de magistrado vacante".
Desde la Procuración General de la Nación, ante la consulta de Clarín dijeron que las resoluciones se apegan a la ley y a la potestad que tiene Gils Carbó para realizar designaciones y cubrir vacantes en función de la saturación de las tareas y por la demora en el trámite de los concursos.
Asimismo, explicaron que los nombramientos retroactivos no representan un problema ya que "son prórrogas" y que se recurre a la retroactividad para saldar la "demora administrativa".
Fecha: 23/05/2017 - 17:20
Fuente: Clarin.com
Temática: Política
Por: Ignacio Ortelli
https://www.clarin.com/politica/alejandra-gils-carbo-insolitas-designaciones-fiscales-retroactivas-31-junio_0_B1cDwgf-b.html
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